Skip to main content
ACTUALIDAD JURÍDICA

Impugnaciones al Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la CDMX

By 30 enero, 2023No Comments

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación inició el análisis de las impugnaciones formuladas por diversos diputados del Congreso de la Ciudad de México, al decreto por el que se reformaron diversas disposiciones al Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México.

Primeramente el Pleno determinó que durante el proceso legislativo que dio origen al decreto, publicado el 2 de junio de 2022, no se cometieron violaciones de carácter invalidante.

Por otro lado, se invalidó la derogación del inciso n) de la fracción II del artículo 83 en su porción normativa valuación del desempeño de los… Consejos de los Pueblos”, por medio de la cual se había eliminado la atribución de la Junta Administrativa del Instituto Electoral local para aprobar y en su caso integrar los proyectos de Programas Institucionales que formulen los Órganos Ejecutivos y Técnicos vinculados a la evaluación del desempeño de los Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos.

Esto al considerar que la derogación podría afectar los intereses o derechos de los pueblos y barrios originarios, además de comunidades indígenas, sin que se haya llevado a cabo una consulta previa; el Pleno ordenó el restablecimiento de la vigencia del texto anterior a la reforma de esa porción, hasta que el órgano legislativo local desarrolle la consulta correspondiente.

El Pleno validó los artículos referidos a la fusión de ciertas comisiones permanentes, la eliminación de cinco Unidades Técnicas y la supresión de la facultad del Consejo General del Instituto para crear Unidades Técnicas.

Por último, respecto a la derogación del artículo 98, último párrafo, donde se preveía la facultad del Consejo General del Instituto Electoral para crear unidades técnicas, por mayoría de siete votos, el Pleno se pronunció por su invalidez, pero al no alcanzarse la votación mínima calificada, este aspecto fue desestimado.