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ACTUALIDAD JURÍDICA

Consultoría Tirant.

By 23 septiembre, 2022No Comments

Consulta

¿Por qué si la materia civil es una materia concurrente hay un código civil federal? ¿Cuál fue la influencia de la reforma del 2000? Finalmente, desde su punto de vista, ¿es constitucional que haya un código civil federal bajo los términos del artículo 73 constitucional ?

Respuesta

La existencia del fenómeno de la atribución competencial concurrente involucra que autoridades, en este caso jurisdiccionales, de distintos niveles acudan de manera simultánea a la aplicación de leyes que afectan intereses de los ciudadanos. En este caso, la carta magna establece que la decisión sobre el tribunal que deberá juzgar sobre la litis recae sobre el propio particular. Así las cosas, en un sistema jurídico federal como el de México, en el que materias concurrentes como la que nos ocupa, se vuelve necesaria la existencia de normativa sustantiva sobre la que el propio juzgador pueda realizar su actividad.
Aunado a lo anterior, debe considerarse que el Código Civil se publicó en su momento para ejercer competencialmente sobre la federación y de manera “local” sobre lo que en aquel entonces fue el Distrito Federal. Algunas figuras reguladas por el propio código podrían requerir que se regulen en distintas entidades, por lo que este servirá de marco de referencia común cuando así se requiera.

En el año 2000 se reformaron los artículos 1, 1803, 1805 y 1811; además de adicionarse el artículo 1834 bis. La Exposición de motivos del decreto de reforma, el legislador pretendía adecuar la normativa a la revolución tecnológica, particularmente pensando en el comercio electrónico como:

“[…] un elemento que permitirá al sector productivo de nuestro país aprovechar la revolución informática actual pues representa una poderosa estrategia para impulsar la competitividad y eficiencia de las empresas mexicanas de todos tamaños.”
Finalmente, se considera que es constitucional, dado que de la lectura de las diferentes fracciones que componen el referido artículo, algunas hacen referencia a actos jurídicos que deben regularse específicamente por el congreso federal, algunas de manera concurrente, otras exclusiva. Ejemplos de estas fracciones son: XIX, XXIX-C, XXIX-R, XXX.

Fundamento:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículos 71, 72, 73 y 104