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ACTUALIDAD JURÍDICA

Consultoría Tirant

By 27 septiembre, 2023junio 27th, 2024No Comments

Consulta

¿Qué es caso fortuito? ¿Qué es fuerza mayor? ¿Cuáles son sus diferencias?

Respuesta

El caso fortuito y la fuerza mayor son conceptos legales que se utilizan en muchos sistemas jurídicos para referirse a circunstancias imprevistas e inevitables que pueden eximir a una parte de cumplir con sus obligaciones contractuales. Aunque a menudo se utilizan de manera similar, existen algunas diferencias clave entre ellos:

1. Caso Fortuito:

a). El caso fortuito se refiere a eventos imprevisibles y no causados por la acción u omisión de ninguna de las partes involucradas en un contrato.
b). Estos eventos suelen estar relacionados con la naturaleza o el entorno, como desastres naturales (terremotos, inundaciones, incendios forestales), eventos climáticos extremos, epidemias, y similares.
c). El caso fortuito generalmente no está relacionado con la capacidad de las partes para prever o planificar para el evento en cuestión.
d). Puede eximir a una parte de cumplir con sus obligaciones contractuales, pero el alcance de esta exención puede variar según las leyes y los términos del contrato.

2. Fuerza Mayor:

a). La fuerza mayor es similar al caso fortuito, pero a menudo se utiliza en un contexto contractual más amplio.
b). Se refiere a circunstancias imprevisibles y a menudo se asocia con eventos que escapan al control de las partes involucradas, como conflictos armados, revoluciones, huelgas masivas, actos de terrorismo, y otros eventos humanos o políticos que no pueden preverse ni controlarse.
c). A diferencia del caso fortuito, la fuerza mayor a veces se considera más amplia y puede incluir eventos tanto naturales como humanos.
d). Al igual que el caso fortuito, la fuerza mayor puede eximir a una parte de cumplir con sus obligaciones contractuales, pero su aplicación puede depender de los términos específicos del contrato y las leyes aplicables.

II. Conclusiones:

1. Ambos, tanto el caso fortuito como la fuerza mayor, se refieren a situaciones imprevisibles e inevitables que pueden liberar a una parte de cumplir con sus compromisos contractuales. La diferencia principal radica en el origen de estos eventos: el caso fortuito se asocia más comúnmente con eventos naturales, mientras que la fuerza mayor puede incluir una gama más amplia de eventos, incluyendo aquellos de origen humano o político. Las leyes y los términos contractuales específicos determinarán cómo se aplican estos conceptos en una situación particular.

2. ¿Cómo operan los requisitos de caso fortuito y/o fuerza mayor si tengo cláusula en el Contrato?
En caso de que se presente un evento de caso fortuito – fuerza mayor que imposibilita el cumplimiento de una obligación contractual, las partes tienen que primero analizar si el contrato prevé una regulación específica de caso fortuito – fuerza mayor. En caso de ser así, las partes deben de cumplir dicha regulación (ej. notificar la existencia de un evento de caso fortuito – fuerza mayor si así lo ordena la cláusula). En caso de que la cláusula respectiva no prevea una regulación exhaustiva de los supuestos de caso fortuito – fuerza mayor, las partes deberán considerar la regulación que prevea la legislación aplicable.

De igual manera, en los casos en que las partes hagan renuncias de responsabilidad en sus cláusulas de caso fortuito – fuerza mayor, hay que considerar si dichas renuncias son válidas conforme a la legislación aplicable. Por ejemplo, si las partes de un contrato de arrendamiento renuncian a su derecho a solicitar la interrupción o reducción del cobro de rentas o la eventual terminación del contrato en casos de caso fortuito – fuerza mayor, dicha renuncia sería nula en el contexto de las legislaciones civiles de varios estados (ej. artículo 2331 del Código Civil de Chihuahua, 2869 del Código Civil de Coahuila, 1930 del Código Civil de Guanajuato y 2013 del Código Civil de Jalisco, etc.)