La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que en los juicios laborales, las partes deben comparecer personalmente a la etapa de conciliación con la intención de que lleguen a una solución personal y directa que permita evitar el litigio, esto conforme a la Ley Federal del Trabajo vigente hasta el 1 de mayo de 2019.
La intermediación correrá a cargo de los funcionarios de la junta responsable que estará en contacto personal con ambas partes a fin de lograr una conciliación satisfactoria y justa.
Asimismo, se determinó que los abogados, asesores o apoderados podrán acompañar a las partes y brindarles asistencia, pero su intervención deberá ser mínima. En el caso de las personas morales, la ley exige que el representante o apoderado que asista a la conciliación cuente con las facultades para llegar aun acuerdo.