La Comisión de Gobernación y Población de la Cámara de Diputados aprobó dos dictámenes que reforman disposiciones de las leyes de Instituciones y Procedimientos Electorales, la de Partidos Políticos en materia de capacitación y perspectiva de género, así como de personas con discapacidad.
Se reforma el artículo 199, inciso p) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a fin de facultar a la Unidad de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral para promover que los órganos de las mujeres de cada partido político les sea asignado el porcentaje de los recursos destinados al cumplimiento de la capacitación, promoción y el desarrollo del liderazgo político de la mujer.
Por otro lado, se adiciona el inciso h) al numeral 1, del artículo 43 de la Ley General de Partidos Políticos, para establecer un órgano responsable de la capacitación, promoción y desarrollo del liderazgo político de las mujeres, que contara con autonomía técnica, administrativa y ejercerá el presupuesto asignado por el partido de sus actividades, consistente en un porcentaje el financiamiento público ordinario.
Las modificaciones a la Ley General de Partidos Políticos abarcan también el artículo 30, numeral 1, inciso r), artículo 743, numeral 1, incisos c) y g), artículo 50, numeral 2, artículo 51, numeral 1, inciso a) fracción V, y artículo 72, numeral dos, inciso a).