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ACTUALIDAD JURÍDICA

Consultoría Jurídica

By 18 julio, 2023junio 27th, 2024No Comments

Consulta

¿Cuánto tiempo tengo para poder ejecutar una sentencia a mi favor?

Respuesta

La ejecución de la sentencia dependerá de que esta se considere como cosa juzgada, lo cual podría suceder por ministerio de ley, por declaración judicial. En cualquier caso, la norma establece que las sentencias definitivas deben señalar un plazo razonable para su cumplimiento y; en caso de ausencia de dicho plazo, la persona ejecutada contará con el término improrrogable de diez días, una vez que la resolución judicial de que se trate quede firme, mismo que correrá a partir del día siguiente en que surta efectos su notificación.

Si en el término antes señalado, no se ha realizado la ejecución, se podrá solicitar a la autoridad jurisdiccional, la celebración de la audiencia de cumplimiento, para lo cual la autoridad jurisdiccional señalará fecha y hora para su celebración dentro de los siguientes diez días.

Por otro lado, vale la pena señalar que la petición para exigir la ejecución de una sentencia se podrá ejercitar dentro de los siguientes plazos: (a) 3 años para juicios ejecutivos orales y convenios de mediación; (b) 5 años para juicios ordinarios orales civiles; y, (c) 10 años para el resto de las sentencias, incluidas las familiares.

Fundamento:

Artículos 974, 975, 977, 988, 989 y 1020 Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares