Inaplicable el consentimiento informado de los menores de cinco a once años de edad para la aplicación de la vacuna contra el virus por covid-19, en razón que no tienen las condiciones de madurez, intelectuales y emocionales para comprender su alcance.
Por lo anterior, la voluntad de suple mediante el consentimiento de sus padres, como manifestación de la patria potestad y es a esos a quienes corresponde exteriorizar su aquiescencia para legitimar la vacunación, ya sea de manera expresa o a través de la promoción del juicio pertinente para obtenerla, y en tales circunstancias, la intervención de los padres debe favorecer, en todo momento, la salud del representado.
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