Consulta
¿Qué normatividad hay que observar para que una Asociación Civil pueda ser persona moral autorizada por el SAT para recibir donativos deducibles del Impuesto sobre la Renta?
Respuesta
Las asociaciones civiles autorizadas para recibir donativos deducibles del Impuesto sobre la Renta, conocidas comúnmente como Donatarias Autorizadas están reguladas de manera general por dos esferas normativas distintas. Por un lado, en cuanto a su constitución como Asociación Civil, regulada por el Código Civil de la entidad federativa de que se trate. Si pensamos en que se trata de una Donataria cuyas operaciones se llevarán a cabo en la Ciudad de México, la normativa aplicable sería el Código Civil para el Distrito Federal.
Por otro lado, encontramos la normativa aplicable a un tipo específico de Asociaciones Civiles, que por sus fines y actividad se hacen merecedoras de la deferencia de recibir donativos y que estos sean deducibles para quienes los efectúan. Esta normativa se engloba en la materia fiscal o impositiva. Específicamente en la normativa aplicable al Impuesto sobre la Renta. Así, la normativa aplicable sería la Ley del Impuesto sobre la Renta y su Reglamento en cuanto a su constitución y de manera específica, para su autorización y funcionamiento, la Resolución Miscelánea Fiscal, en este caso, del 2021.
Conviene revisar con frecuencia durante el año, las modificaciones que podría sufrir la Miscelánea Fiscal, por medio de sus anexos y resoluciones de modificaciones; así como la nueva miscelánea fiscal que para 2022 será publicada, con toda seguridad, durante enero de ese año