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ACTUALIDAD JURÍDICA

Suprema Corte de Justicia de la Nación, califica la esterilización no consentida como una forma de violencia de género

By 27 mayo, 2021No Comments

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación concedió el amparo a una mujer a la que le fue practicada una esterilización no consentida durante un procedimiento de cesárea en un Hospital del Instituto Mexicano del Seguro Social, lo cual constituyó violencia institucional como una forma de violencia de género, en razón que la misma fue no consentida, toda vez que su “consentimiento” no fue previo, informado, pleno, ni libre, al recabarse en un ambiente de estrés, amenazas e intimidación durante la labor de parto.

La esterilización constituyó violencia de género, pues el personal médico actuó conforme a estereotipos de género, la esterilizó sin su autorización a partir de una disminución de su capacidad de decisión en relación con su propio cuerpo; asimismo, la Primera Sala determinó que existió violencia obstétrica institucional, expresada a través de un conjunto de prácticas deshumanizantes ejercidas en el ámbito de la salud pública.

La Sala destacó que la mujer no recibió consejerías previas de manera amplia en términos de la normativa aplicable, ni tuvo el tiempo suficiente para valorar y decidir cabalmente sobre el método de anticoncepción permanente.

De igual forma, se determinó que la mujer fue víctima de otras formas de violencia obstétrica expresadas, no sólo en la esterilización no consentida que se le practicó, sino también en el maltrato recibido en su trabajo de parto, parto y post parto por las autoridades señaladas como responsables; lo anterior fue basado, en que la quejosa fue humillada, regañada, intimidada y agredida por el personal médico.

La Primera Sala ordenó al hospital responsable prestar atención médica quirúrgica sin costo a la mujer, para que de mediar un consentimiento pleno, previo, libre e informado, se le aplique el procedimiento correspondiente para revertir la esterilización, y a proporcionar a la víctima un tratamiento médico psicológico o psiquiátrico orientado en salud sexual y reproductiva para resarcir la afectación en la esfera psico-emocional sufrida.

Por último, ordeno al Instituto Mexicano del Seguro Social, revisar la posibilidad de iniciar un procedimiento de responsabilidad administrativa y a elaborar, integrar y difundir una guía integral para prevenir y erradicar conductas generadoras de violencia obstétrica institucional, así como a realizar capacitaciones dirigidas al personal vinculado con el tratamiento e intervenciones quirúrgicas derivadas de una condición obstétrica.