ACTUALIDAD JURÍDICA

Consultoría Tirant.

By 27 abril, 2021 No Comments

Consulta

En caso de desempleo, ¿tengo alguna facilidad económica que me pueda otorgar el IMSS?

Respuesta

 

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ha puesto a disposición de sus derechohabientes que han perdido su empleo durante la emergencia sanitaria el Retiro Parcial por Desempleo.

Requisitos:
• Tener 46 días naturales de estar desempleado;
• Haber estado registrado al menos durante 3 años con una AFORE;
• Tener al menos 2 años cotizados en el IMSS; y,
• No haber efectuado retiros de su cuenta individual en los últimos 5 años.

Documentación Requerida:
• Identificación oficial;
• Estado de cuenta bancario, con CLABE; y,
• Pre-Solicitud de disposición de recursos por Retiro Parcial por Desempleo generada en
el portal E-SAR.

Procedimiento:
• Realizar pre-solicitud de Retiro Parcial por Desempleo en www.e-sar.com.mx para obtener la Clave Única de Servicio; o,
• Realizar solicitud ante AFORE;
• La AFORE validará los requisitos; y,
• El IMSS certifica el derecho al Retiro Parcial por Desempleo.

El ejercicio de este derecho tiene dos modalidades:
1. Si la cuenta individual tiene al menos 3 años de cotización, se pueden retirar el equivalente a 30 días del último Salario Base de Cotización registrado, limitado a 10 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA); o,

2. Si la cuenta individual tiene al menos 5 años de cotización, se puede retirar el equivalente a lo que resulte menor entre 90 días de Salario Base de Cotización de las últimas 250 semanas o el 11.5% de los recursos acumulados en la subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV).

Es importante mencionar que el uso de estos recursos disminuye el conteo de semanas cotizadas, por lo que el propio IMSS recomienda acudir a este sólo en caso de emergencia.