Consulta
En caso de desempleo, ¿tengo alguna facilidad económica que me pueda otorgar el IMSS?
Respuesta
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ha puesto a disposición de sus derechohabientes que han perdido su empleo durante la emergencia sanitaria el Retiro Parcial por Desempleo.
Requisitos:
• Tener 46 días naturales de estar desempleado;
• Haber estado registrado al menos durante 3 años con una AFORE;
• Tener al menos 2 años cotizados en el IMSS; y,
• No haber efectuado retiros de su cuenta individual en los últimos 5 años.
Documentación Requerida:
• Identificación oficial;
• Estado de cuenta bancario, con CLABE; y,
• Pre-Solicitud de disposición de recursos por Retiro Parcial por Desempleo generada en
el portal E-SAR.
Procedimiento:
• Realizar pre-solicitud de Retiro Parcial por Desempleo en www.e-sar.com.mx para obtener la Clave Única de Servicio; o,
• Realizar solicitud ante AFORE;
• La AFORE validará los requisitos; y,
• El IMSS certifica el derecho al Retiro Parcial por Desempleo.
El ejercicio de este derecho tiene dos modalidades:
1. Si la cuenta individual tiene al menos 3 años de cotización, se pueden retirar el equivalente a 30 días del último Salario Base de Cotización registrado, limitado a 10 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA); o,
2. Si la cuenta individual tiene al menos 5 años de cotización, se puede retirar el equivalente a lo que resulte menor entre 90 días de Salario Base de Cotización de las últimas 250 semanas o el 11.5% de los recursos acumulados en la subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV).
Es importante mencionar que el uso de estos recursos disminuye el conteo de semanas cotizadas, por lo que el propio IMSS recomienda acudir a este sólo en caso de emergencia.