Consulta
¿Existe posibilidad de que el Gobierno pueda quitar la propiedad de una casa o terreno derivado de la emergencia sanitaria, y si es así bajo que argumento y fundamento?
Respuesta
Sí, es posible conforme a la fracción V del artículo 1° de La Ley de Expropiación, aplicable en materia federal y en materia local para la Ciudad de México.
Los procedimientos empleados para combatir o impedir, entre otros, la propagación de epidemias, como el COVID-19, es una causa de utilidad pública, al ser de Interés general de la población y el Gobierno, para proceder a expropiar inmuebles por parte del Gobierno Federal o del Gobierno de la Ciudad de México.
Dicha expropiación se tendrá que realizar mediante declaratoria de causa de utilidad pública y posterior decreto de expropiación con el correspondiente pago de una indemnización al propietario afectado desde luego.