En razón que la condición de analfabetismo coloca a un trabajador en una situación de desventaja frente a su empleados, cuando se dice despedido injustificadamente y el patrón se excepciona aduciendo que aquél decidió separarse voluntariamente de la fuente de trabajo, exhibiendo el escrito de renuncia que contiene la impresión de la huella dactilar y el asiento con las iniciales del obrero, al enfrentar enfrentar estigmatización, exclusión social, marginalidad y falta de oportunidades, por tanto, la autoridad laboral responsable al desempeñar su función jurisdiccional, debe ordenar las medidas necesarias para respetar y garantizar los derechos fundamentales del operario, en igualdad de condiciones que su contraparte, allegándose incluso, motu propio, de las pruebas necesarias para constatar que el trabajador se encuentra en la condición que se autoadscripción, en ejercicio de la facultad que le confieren los artículos 686 y 787 de la Ley Federal del Trabajo.
https://www.tirantonline.com.mx/tolmex/publicNovedades/show/1689605