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Corte Constitucional se pronuncia sobre el derecho al trabajo de personas en condición de discapacidad

By 7 diciembre, 2022mayo 2nd, 2024No Comments

En Sentencia T-425 de 2022, la Corte Constitucional analizó el caso de un joven en condición de discapacidad cognitiva que fue despedido por considerar que había ejercido conductas violentas contra mujeres. En el caso, la corporación determinó que el empleador del accionante había vulnerado los derechos al debido proceso y al trabajo de las personas en condición de discapacidad. Lo anterior, puesto que se desvinculó al accionante sin adelantar un proceso disciplinario que atendiera a los estándares de los ajustes razonables. En particular, el empleador debió adaptar el procedimiento para que el trabajador entendiera el alcance de sus conductas y las consecuencias de las mismas. 

Adicionalmente, se resaltó que si bien la compañía realizó esfuerzos importantes en temas de inclusión laboral para personas en condición de discapacidad, esta no adoptó un tratamiento acorde frente a quienes eran incorporados. 

En suma, la Sala:

  • Exhorto de la Sentencia T-140 de 2021 al Gobierno Nacional y al Congreso de la República para que adopten las medidas que permitan lograr la ratificación y aprobación del Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre el acoso y la violencia en el mundo del trabajo.
  • Exhortó al Gobierno Nacional para que expida los decretos reglamentarios que garanticen el derecho al debido proceso y al trabajo de las personas en condición de discapacidad de conformidad con el artículo 13 de la Ley 1618 de 2013 y el artículo 62 de la Ley 1996 de 2019.
  • Confirió 30 días al almacén para rehacer el proceso disciplinario en contra del trabajador y bajo ajustes razonables

Fuente: corteconstitucional.gov.co