La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó al exsenador Luis Alfredo Ramos Botero por el delito de concierto para delinquir con la finalidad de promover grupos ilegales. Así las cosas, se le impuso una condena equivalente a 7 años y 11 meses de prisión en centro carcelario, una multa por 7749,65 SMLMV e inhabilidad para ocupar cargos públicos durante toda su vida.
Como fundamento de la decisión adoptada, esta Alta Corte manifestó que, de la valoración probatoria realizada, se evidencia que el acusado celebró acuerdos con militantes de las autodefensas para financiar su campaña política y obtener votos como candidato al Senado de la República y a la Gobernación de Antioquia. De igual forma, se dio por probado que el señor Ramos fungió como instrumento para que la Ley de Justicia y Paz concediera mayores beneficios a los grupos al margen de la ley.
Bajo este panorama, la Corte Suprema de Justicia afirmó “la conducta llevada a cabo por Luis Alfredo Ramos Botero, además de típica es antijurídica formal y materialmente, como quiera que al asociarse con organizaciones paramilitares por varios años y colocar la función pública a su servicio, no solo puso en peligro sino que lesionó, sin causa justificada, el bien jurídico de la seguridad pública” .
Finalmente, se indicó expresamente que resulta improcedente la condena de ejecución condicional y la solicitud de prisión domiciliaria. No obstante, se informó que el condenado seguirá gozando de su libertad hasta tanto no quede ejecutoriada la sentencia.
Fuente: cortesuprema.gov.co