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ACTUALIDAD JURÍDICA

Corte Constitucional protege derechos fundamentales de menores de edad que solicitaban terapias ABA

By 11 abril, 2023mayo 2nd, 2024No Comments

A través de la sentencia T-065 de 2023, la Corte Constitucional decidió proteger los derechos de un niño y una niña con autismo, debido a que su EPS les negó la prestación de tutor permanente y terapias con un enfoque especializado tipo ABA (por sus siglas en inglés de Applied Behavior Analysis o Análisis de Comportamiento Aplicado) a domicilio, servicios que necesitaban como parte de su tratamiento. 

El servicio fue prescrito por el médico tratante de los menores, pero la EPS negó la prestación argumentando que no era competente para hacerlo, sino que era el sector de educación de los niños. Por esa razón la madre interpuso acción de tutela a su nombre, además de solicitar la autorización de las terapias físicas, ocupacionales y de lenguaje ordenadas por el neuropediatra pertinentes para el autismo de los menores y que se realizaran en su domicilio o en el colegio. 

El estudio del caso le correspondió a la Sala Primera de Revisión y con ponencia de la magistrada Natalia Ángel Cabo, confirmó que los menores sí contaban con el servicio de tutor permanente o acompañante terapéutico en el colegio, razón por la cual declaró la carencia actual de objeto por hecho superado. 

Sin embargo, en cuanto la vulneración de los derechos fundamentales de los niños por parte de la EPS, concluyó que sí hubo desconocimiento de los mismos porque se abstuvo de analizar la necesidad de prestar el servicio de manera domiciliaria o en el colegio, a pesar de que la madre justificó dicha solicitud en la misma prescripción médica que sugería dicha opción

En consecuencia, el fallo otorgó 48 horas a la EPS para que le proporcionara a los menores un tratamiento integral que incluya, entre otros, contactar al médico tratante para que evalúe si es factible la realización de las terapias ABA en la institución educativa y exonerarlos de los copagos correspondientes para la prestación de los servicios. 

Fuente: corteconstitucional.gov.co