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ACTUALIDAD JURÍDICA

Corte Constitucional impone límites a publicaciones sobre acoso en redes sociales

By 29 septiembre, 2021mayo 2nd, 2024No Comments

La Corte Constitucional reiteró que las mujeres víctima de acoso o discriminación tienen derecho a publicar denuncias por redes sociales en virtud de su libertad de información. Sin embargo, reconoció que el ejercicio de este derecho tiene como límite la divulgación de datos privados y semiprivados del presunto agresor y el deber de tener un propósito legítimo y una conexión directa con un asunto de interés público. 

En el análisis de la controversia, este Alto Tribunal manifestó que las mujeres, periodistas y usuarios de redes sociales no están atados al proferimiento de un fallo judicial para divulgar denuncias sobre acoso o discriminación, puesto que “imponer una carga de esta naturaleza a las víctimas y emisores de información resultaría desproporcionado, inhibiría el ejercicio de la libertad de expresión e información por medios digitales, invisibilizaría las denuncias de las mujeres y profundizaría la discriminación de género”. Sin embargo, en los eventos de no existir certeza frente a la culpabilidad del acusado, quien pretenda divulgar información debe realizarlo con suma precaución evitando una condena anticipada.

De este modo, se indicó la existencia de dos límites a la libertad de expresión: (i) límites internos, en virtud de los cuales se debe cumplir con la carga de veracidad e imparcialidad y no incurrir en hostigamiento o acoso digital del presunto agresor y (ii) límites externos, es decir, el respeto por la presunción de inocencia y no causar afectaciones a la honra y buen nombre de los acusados. 

Bajo estas consideraciones, la Corte Constitucional acogió la acción interpuesta por un joven que había sufrido un trastorno psicótico agudo y, producto de ello, irrumpió desnudo en la casa de su vecino agrediendo a su esposa e hijas. Al respecto, se consideró que las publicaciones realizadas en redes sociales por la familia afectada desconocían los derechos a la honra y buen nombre de el joven, así como su privacidad al divulgar su número de identificación y fotos con su progenitora. 

En consecuencia, se ordenó, tanto a los emisores de la publicación en redes sociales como a los colectivos feministas que divulgaron el mensaje, la eliminación de los datos de el acusado y el ofrecimiento de disculpas privadas a él mismo.

Fuente: corteconstitucional.gov.co