Ante una acción popular interpuesta por una ciudadana, el Consejo de Estado decide proteger los derechos colectivos de los habitantes de las riberas del Río Sumapaz. En la acción popular se consideraba que diversas obras (como la doble calzada Bogotá – Girardot y la construcción de un hotel) habían ocasionado un aumento inusitado en el caudal del río Sumapaz. La demandante reiteró que estas obras generan una afectación a los derechos colectivos del goce de un ambiente sano, goce del espacio público, la seguridad y prevención de desastres, entre otros. En consecuencia, el actor solicita que se elabore un plan de contingencia frente al alto flujo hídrico en los márgenes del Sumapaz y verificar el impacto de las obras.
El Consejo de Estado sostuvo la suspensión de obras urbanísticas en las zonas de alto riesgo o riesgo no mitigable de la margen del río Sumapaz. Esta decisión obliga al ente territorial a tomar las medidas presupuestales y administrativas necesarias para garantizar la eventual reubicación de las familias que habitan en la zona, así como a recuperar este tramo de la cuenca hidrográfica.
Fuente: consejodeestado.gov.co