El Consejo de Estado declaró nulas las medidas que adoptó el ente investigador para evitar la propagación de nuevos contagios. Es decir, la Fiscalía no podía suspender términos en los procesos de conciliación y pago de sentencias en los que la entidad hubiera sido condenada, a pesar de la emergencia generada por la COVID-19.
El Consejo de Estado consideró que las medida no eran proporcional ni necesarias para preservar la vida y la salud de sus funcionarios. En cambio, las medidas sí implicaban el incumplimiento de sentencias judiciales y la violación de derechos fundamentales como el acceso a la administración de justicia y al mínimo vital de los acreedores de dichas sentencias judiciales.
Fuente: consejodeestado.gov.co