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ACTUALIDAD JURÍDICA

Consejo de Estado condena a subitendente a reintegrar el 70% de la condena impuesta a la Policía

By 13 diciembre, 2021mayo 2nd, 2024No Comments

En el marco de una acción de reparación directa interpuesta por un ciudadano contra la Policía Nacional de Colombia con ocasión de las lesiones oculares a él ocasionadas por un subintendente tras ser trasladado a un Centro de Atención Inmediata (CAI), la entidad condenada inició un proceso de repetición contra el funcionario que ocasionó las lesiones. 

Dentro de las pretensiones, la entidad accionante solicitó que se condenara al subintendente al pago de la totalidad de la condena impuesta en la acción de reparación directa. No obstante, en primera instancia, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó estas pretensiones argumentando: (i) la falta de acreditación de pago al ciudadano lesionado y (ii) la inexistencia de dolo y culpa grave por parte del funcionario de la Policía. 

Posteriormente, producto de la apelación presentada, el Consejo de Estado conoció la acción de repetición instaurada y decidió condenar al subitendente a pagar con su patrimonio un porcentaje de la condena impuesta a la Policía Nacional. Dentro de los fundamentos de la decisión esta Alta Corte indicó que: (i) el registro de tesorería y la certificación de pago al apoderado de la víctima son prueba del pago realizado por la entidad y (ii) la sanción impuesta por el Grupo de Control Disciplinario Interno del Departamento de Policía de Tequendama  de la Policía Nacional, es un elemento esencial para establecer la culpa grave del funcionario. 

En consecuencia, por el uso de la fuerza de manera excesiva y violenta, el subintendente deberá hacerse cargo del 70% de la condena impuesta a la Policía Nacional por las lesiones ocasionadas a un ciudadano.

Fuente: consejodeestado.gov.co