En ejercicio de la acción de grupo, habitantes de varias comunidades ubicadas en el Medio Baudó (Chocó) presentaron una demanda en contra de la Nación – Ministerio de Defensa por considerarse víctimas de daños en su salud, en cultivos y animales de los que derivaban su sustento debido a las fumigaciones por aspersión aérea de glifosato que se realizaron entre los años 2012 y 2015.
En primera instancia, el Tribunal Administrativo del Chocó declaró la caducidad de la acción por haberla presentado fuera del término estipulado por la ley que, en el caso concreto, habría sido el 12 de junio de 2016 y la acción se presentó 8 meses después. Además, el a quo encontró que la parte demandante no acreditó adecuadamente la propiedad sobre los bienes que consideró afectados.
Dicha decisión fue apelada por los demandantes y el Consejo de Estado, en segunda instancia, consideró que la acción era improcedente, pero no por el vencimiento de los términos para interponer la demanda, pues estableció que aquella sí procedía solamente por las aspersiones realizadas en el 2014 y 2015.
El fallo del Alto Tribunal tuvo sustento en los documentos y testimonios aportados por los accionantes, ya que no lograron demostrar el dominio, posesión o tenencia de los predios y animales que resultaron afectados por las fumigaciones.
Fuente: consejodeestado.gov.co