Skip to main content
ACTUALIDAD JURÍDICA

Absuelven al exmagistrado Rodrigo Escobar Gil de acusación por tráfico de influencias

By 22 mayo, 2023mayo 2nd, 2024No Comments

La Corte Suprema de Justicia confirmó la absolución del exmagistrado Rodrigo Escobar Gil al determinar que su conducta como abogado, aunque cuestionable éticamente, no constituía un delito penal de tráfico de influencias. La sentencia ratificó que no hubo pruebas suficientes de que haya incurrido en dicha conducta ilícita al actuar como apoderado en el escándalo de corrupción relacionado con la tutela de la firma Fidupetrol ante la Corte Constitucional.

La Sala de Casación Penal, de manera unánime, concluyó que las acciones de Escobar Gil no alcanzaron el nivel de influencia indebida requerido. Se determinó que su mención de la tutela ante el magistrado Mauricio González Cuervo durante un almuerzo no constituyó una solicitud concreta ni una influencia indebida. La Corte resaltó la importancia del testimonio del propio magistrado González, quien afirmó que no hubo presión ni insinuación relacionada con el fallo durante el encuentro.

La decisión se basó en la interpretación jurídica del delito de tráfico de influencias de particular, señalando que debe existir una solicitud específica y concreta que tenga la capacidad de influir en la actuación del servidor público para obtener un beneficio económico. Aunque se reconoció que la conducta de Escobar Gil tenía implicaciones éticas desfavorables, se enfatizó que no constituía un delito penal.

La Corte Suprema hizo hincapié en que el caso enjuiciado presentaba particularidades especiales y estaba relacionado con comportamientos delictivos denunciados por el abogado Víctor Pacheco Restrepo. Aunque se destacó el carácter antiético de la conducta de Escobar Gil y su relación personal con el magistrado González, no se encontraron pruebas suficientes para sostener la acusación de tráfico de influencias.

En conclusión, la absolución del exmagistrado Rodrigo Escobar Gil fue ratificada por la Corte Suprema de Justicia, descartando su culpabilidad en el delito de tráfico de influencias en el caso de la tutela de Fidupetrol.

Fuente: cortesuprema.gov.co