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ACTUALIDAD JURÍDICA

EPS deben cubrir procedimientos estéticos con fines reconstructivos o funcionales y realizar un diagnóstico médico sólido al respecto

By 27 junio, 2023mayo 2nd, 2024No Comments

La Corte Constitucional reiteró que los procedimientos médicos estéticos con fines funcionales o reconstructivos están cubiertos por el sistema de salud y que las EPS tienen la obligación de proporcionar cobertura para ellos.

En el caso de una mujer que sufre de flacidez cutánea debido a tratamientos médicos anteriores, la Nueva EPS negó la autorización de cirugías solicitadas argumentando que eran de carácter estético y no estaban incluidas en el Plan de Beneficios de Salud. Sin embargo, la Corte encontró que la EPS no realizó un diagnóstico médico adecuado y fundamentado para negar los servicios solicitados.

Por lo tanto, la Corte amparó el derecho fundamental a la salud de la demandante y ordenó a Salud Total EPS realizar un examen médico integral para determinar la pertinencia de los procedimientos quirúrgicos requeridos. Además, se advirtió a la Nueva EPS que debe garantizar el derecho a la salud de las personas que solicitan procedimientos funcionales y reconstructivos, prescritos por médicos externos, realizando un examen previo e integral a los pacientes.

Fuente: corteconstitucional.gov.co