Con ponencia de la magistrada Cristina Pardo, la Corte Constitucional emitió la Sentencia T-064 de 2023 en la que protegió los derechos de una mujer a quien la Fiscalía Local de Barrancabermeja no le proporcionó la información correspondiente al trámite de la denuncia que había interpuesto en contra de su expareja por violencia intrafamiliar. En el caso, la accionante indicó que llevaba más de dos años desde la presentación de la denuncia sin conocer los avances o actuaciones del proceso.
La tutela fue analizada por la Sala Octava de Revisión de la Corte puesto que el Juzgado de Medellín de primera instancia había negado el amparo de los derechos invocados. Al respecto, la Corporación estableció que la conducta de la Fiscalía era revictimizante y minimizaba la gravedad de la demora en el proceso.
En consecuencia, el fallo ordenó a la Fiscalía Local que en los cuatro meses siguientes a la notificación del fallo impulse el proceso y emita decisión de fondo al respecto. De igual manera, ordenó a la Fiscalía General de la Nación implementar un plan de formación para que sus funcionarios, en procesos de violencia intrafamiliar, cumplan con los siguientes estándares:
“-Asegurar el goce efectivo de su derecho fundamental a vivir una vida libre de violencia de género en los ámbitos público y privado.
-Acatar los estándares internacionales sobre el deber estatal de diligencia en la prevención, investigación, sanción y reparación de la violencia.
-Atender las reglas jurisprudenciales sobre la administración de justicia con perspectiva de género.
-Establecer mecanismos de control que desestimulen la tolerancia estatal de las agresiones e impedir que los funcionarios ejerzan actos de violencia institucional en contra de las denunciantes.”
Fuente: corteconstitucional.gov.co