Skip to main content
ACTUALIDAD JURÍDICA

Consejo de Estado negó demanda de reparación directa en contra de Humana S.A. EPS

By 9 agosto, 2022mayo 2nd, 2024No Comments

Con ocasión de la intervención administrativa por parte de la Superintendencia de Salud a Humana S.A. EPS, las sociedades Previmedic S.A., Kini Stoke S. en C., Líderes en Inversiones Inmobiliarias S.A., Kolva S.A.S., Consultores en Salud S.A. e Inversiones Herrera Cure S.A.S, solicitaron, a través de la acción de reparación directa, la indemnización de perjuicios por la “disminución de las utilidades e ingresos por cuenta de la desafiliación de sus usuarios y en la pérdida del valor de las acciones que tenían en la compañía, las cuales finalizaron con valor negativo, después de la culminación de la intervención”

En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó las pretensiones porque consideró que el medio de control adecuado era el de nulidad y restablecimiento del derecho y al operar la caducidad de 4 meses ya no podían demandar. Adicionalmente, el a quo destacó que la intervención de la Superintendencia estaba justificada porque la gestión de la EPS no cumplía los fines y objetivos del sistema de salud. 

Los accionantes decidieron apelar dicha decisión y la Sección Tercera del Consejo de Estado declaró probada la excepción de caducidad del medio de control de reparación directa ya que el valor de las acciones de Humana Vivir empezó a decaer desde el año 2011 y las demandantes debieron ser informadas de la situación, a más tardar, el 31  de marzo de 2012. Eso significaba que el plazo de dos años para demandar vencía en el mes de abril del 2014 y las sociedades presentaron la acción en septiembre, pero el plazo ya había vencido. 

En consecuencia, negó las pretensiones relacionadas con el pago de la indemnización de perjuicios por el daño al buen nombre y la pérdida de usuarios y afiliados de las demandantes. 

Fuente: consejodeestado.gov.co