En el estudio de una demanda de casación por simulación interpuesta por una mujer, la Sala de Casación Civil del Alto Tribunal consideró que los casos en los que deban dirimirse conflictos de exparejas por los efectos económicos del matrimonio o de la unión marital de hecho y se enfrente, por ejemplo, una venta simulada de propiedades, los jueces deben analizar si existen estereotipos de género que busquen frustrar el reparto equitativo de los bienes comunes.
Los hechos que condujeron a la demanda se presentaron en el marco de un divorcio, durante el cual el esposo vendió tres inmuebles que pertenecían a la sociedad conyugal a terceros familiares por un valor inferior al comercial. La esposa, afirmó que eran ventas simuladas y solicitó la anulación de los contratos pues el hombre solo quería restarle bienes a la sociedad para que no hicieran parte de la liquidación.
Para la Corte resultó relevante aplicar el enfoque de género en la resolución del conflicto ya que “a lo largo de la historia, debido a la discriminación contra las mujeres, se han asignado roles estereotipados” como la consideración de que el hombre es quien provee los recursos del hogar y la mujer se encarga de los quehaceres del hogar, trabajo que no suele apreciarse. Entonces, esa visión conlleva a pensar que el hombre merece privilegios en cuanto al patrimonio familiar como administrarlo o, en casos de divorcio, disponer de ellos a su parecer incluso a través de actos mendaces.
Entonces, en el caso concreto dichos estereotipos de género fueron la motivación para que el demandado realizara ventas simuladas de todos los bienes que pertenecían a la sociedad conyugal desde el momento en el que la mujer manifestó la voluntad de divorciarse y con ello, no solo disminuyó el patrimonio común, sino que “a partir de una lógica económica violenta” consideró que la mujer no tenía derecho por no haber aportado económicamente al hogar.
En consecuencia, la Sala declaró la simulación de los contratos de compraventa y condenó en costas al demandado.
Fuente: cortesuprema.gov.co