Con ocasión de la expedición de la sentencia SU-016 de 2021 la Corte Constitucional le ordenó al Presidente de la República, a la Ministra de Vivienda, al Director de Fonvivienda y al Director de la Unidad para las Víctimas que identificaran a las personas que fueron víctimas de desalojo por ocupar predios de manera irregular durante la pandemia del COVID-19 y que diseñaran una estrategia de acompañamiento en relación con el acceso a los programas de vivienda.
Pese a lo anterior, el Gobierno Nacional y las autoridades mencionadas incumplieron los mandatos de la Corte. Por eso, la Sala Especial de Seguimiento enfatizó en “que la intervención del Primer Mandatario se requiere en el marco de la superación del estado de cosas inconstitucional” pues las personas desplazadas son sujetos de especial protección constitucional y sus derechos han sido vulnerados varias veces.
Por esa razón, le otorgó un término de dos meses para que asegure el cumplimiento de las medidas ordenadas y, si es el caso, delegue la coordinación de los programas e iniciativas en cabeza del Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
Por último, la Sala inició un incidente de desacato en contra de la Ministra de Vivienda, del director de Fonvivienda y del director la Unidad para las Víctimas y les otorgó un plazo para que informen todas las gestiones que cada una de las entidades a su cargo inició para cumplir con lo ordenado.
Fuente: corteconstitucional.gov.co