En la verificación de cumplimiento de un fallo de tutela que ordenó a la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV) la resolución de fondo de la solicitud de indemnización administrativa pedida hace siete años por una mujer víctima del conflicto armado, la Sección Quinta del Consejo de Estado encontró que la entidad no cumplió con la orden de tutela dada en el 2021.
En ese entonces, el Consejo protegió los derechos de la víctima ordenándole a la UARIV resolver su solicitud de resarcimiento e incluso impuso una sanción por desacato a los funcionarios responsables. Sin embargo, al atender la orden judicial, le exigió a la mujer nuevos requisitos documentales para poder adelantar el trámite.
Por lo anterior, la víctima alegó el incumplimiento de lo ordenado y violación a sus derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la indemnización administrativa que contiene la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras.
Para el Consejo de Estado el actuar de la UARIV fue contrario a la Constitución y a la jurisprudencia constitucional sobre la manera como debe adelantarse la indemnización administrativa, pues “la entidad debe ser diligente con los trámites administrativos que tiene a su cargo y evitar dilatarlos, pues, fue instituida para atender de manera integral a las víctimas del conflicto armado, que son consideradas como personas de especial protección constitucional”.
Fuente: consejodeestado.gov.co