La empresa Bodytech S.A., presentó acción de tutela contra la Fiscalía No. 8 Especializada de Bogotá con ocasión de la mora presentada en la etapa de investigación dentro del proceso adelantado contra uno de sus exempleados por el delito de hurto agravado por la confianza. Dentro de los hechos, se indicó que la empresa presentó denuncia contra el exfuncionario que fungía como auxiliar contable en el año 2011, debido a la apropiación presunta de $300.000.000 M/CTE; sin embargo, a la fecha, el avance del proceso penal ha sido paulatino.
Atendiendo a lo expuesto, la Corte Constitucional procedió con el estudio de la acción presentada, en aras de verificar la vulneración de los derechos de la accionante y la ocurrencia de la prescripción de la acción penal. Producto de ello, se obtuvo que la Fiscalía corrió traslado del escrito de acusación al procesado, suspendiendo así la prescripción. Razón por la cual, se declaró la improcedencia de la acción constitucional por hecho superado.
Sin perjuicio del resultado en concreto, esta Alta Corte reconoció que la congestión presentada en las Fiscalías Especializadas de Bogotá constituye una barrera de acceso a la administración eficaz de justicia y al funcionamiento del aparato judicial. En consecuencia, hizo un llamado al Fiscal General de la Nación y a la Dirección Seccional de Fiscalías para que implementen mecanismos que garanticen el debido proceso y el acceso oportuno a la administración de justicia.
Fuente: corteconstitucional.gov.co