Con la expedición de la Resolución 4277 de 2021, el Ministerio del Trabajo modificó la unidad con la cual se calculan las multas, sanciones, tasas y honorarios. De este modo, los montos que hoy se liquidan con base en el Salario Mínimo Legal Mensual Vigente (SMLMV) deberán ser calculados por las autoridades con base en la Unidad de Valor Tributario (UVT).
De este modo, la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales dio cumplimiento a uno de los compromisos adquiridos, asegurando que los cobros de estos montos se realicen atendiendo a la inflación, sin perjudicar el valor real de cada uno de ellos.
Ante tal circunstancia, el Ministro del Trabajo indicó que con esta modificación se controla “la cascada alcista” que genera el incremento del Salario Mínimo y se garantiza que el incremento en el salario de los trabajadores tenga un incremento real y conserve su poder adquisitivo.
Fuente: mintrabajo.gov.co