La Sala Novena de Revisión de la Corte Constitucional emitió sentencia en la que reconoció los derechos laborales de una modelo webcam, la cual había sido desvinculada sin garantías laborales cuando se encontraba en el octavo mes de embarazo. Ante esta situación, el dueño del estudio había indicado que la relación no era laboral sino de carácter comercial. Al respecto, la corporación resaltó que la falta de regulación normativa del modelaje webcam en nuestro ordenamiento no da habilitación alguna a la vulneración de los derechos de los y las modelos.
Adicionalmente, la Corte señaló que el contexto del modelaje webcam está permeado por la pobreza, ausencia de oportunidades laborales y la cultura sexista. Así, haciendo alusión a la estigmatización de esta profesión, la sala trajo a colación las normas laborales sobre el fuero de maternidad y enfoque de género para proteger los derechos de la accionante y ordenar que se investigara la situación de las otras mujeres que trabajan en ese estudio. Frente a los avances del legislativo en la materia, resaltó que el Congreso sólo se ha referido al recaudo tributario de esta industria por lo que exhortó al Congreso y al Ministerio del Trabajo para que regulen los derechos de esta población.
Fuente: corteconstitucional.gov.co