La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia resaltó las normas nacionales e internacionales sobre responsabilidad penal de niños, niñas y adolescentes para establecer que no es aplicable el proceso de extradición a menores de edad. Así, esta señaló que en el ordenamiento colombiano prevalecen las sanciones correccionales, educativas y pedagógicas para menores sobre aquellas de tipo sancionatorio, retributivo y carcelario.
En particular, el pronunciamiento de la Corte se dio en el marco del concepto sobre la extradición de José Gabriel Álvarez Ortiz. En esta ocasión, la corporación indicó que sin importar que en Estados Unidos se permita que los delitos graves cometidos por menores se juzguen como si fueran cometidos por adultos, esto no es aplicable en Colombia. Por lo tanto, en el caso de José Gabriel Álvarez Ortiz este no podía ser extraditado por dos cargos que se le impusieron en Estados Unidos en tanto estos fueron presuntamente cometidos cuando este era menor de edad.
Fuente: cortesuprema.gov.co