La Sección Quinta del Consejo de Estado estableció que el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) ha desarrollado medidas que garantizan los derechos de la población privada de la libertad que pertenece a la comunidad LGBTI. La anterior decisión fue tomada en el marco de una acción de cumplimiento en la que una mujer transgénero consideraba que la demandada no estaba dando cumplimiento a sus deberes legales en temas de enfoque diferencial. En particular, la mujer señaló que las mujeres trans recluidas no podían decidir el lugar de reclusión que garantice su derecho fundamental a la identidad de género.
Al respecto, la alta corte indicó: “De esta forma, se demuestra que el director General del INPEC ha adoptado medidas afirmativas para garantizar la protección, visibilización y garantía de los derechos de la población LGBTI y define que cada situación particular debe ser analizada para establecer el lugar de ubicación dependiendo del grado de vulnerabilidad de estas personas y determinar la necesidad de asignar un lugar especial dentro de los establecimientos carcelarios sin afectar otras garantías constitucionales”.
Fuente: consejodeestado.gov.co