La Sala Sexta del tribunal de alzada de Concepción, compuesta por los ministros Camilo Álvarez Órdenes, Rodrigo Cerda San Martín y Juan Muñoz López, rechazó de manera unánime la acción constitucional presentada por la defensa del imputado Juan Eduardo Garcés Gallardo. El amparado fue detenido, formalizado y sujeto a prisión preventiva, el 22 de marzo de 2022.
La Corte de Apelaciones, no encontró que se vulnerara la garantía de ser juzgado dentro de un plazo razonable en el caso. El recurso de amparo se presentó contra una resolución del Juzgado de Garantía de Talcahuano. La resolución amplió el plazo y programó una audiencia de reformalización de la investigación por delitos de fraude al fisco, cohecho y lavado de activos perpetrados contra la Dirección de Administración de Salud Municipal (DAS) de Talcahuano.
El tribunal argumentó que no se superó el plazo para cerrar la investigación y que la audiencia de reformalización solicitada por el Ministerio Público, a pesar de no estar regulada expresamente , era una actuación procesal válida. Señaló, además, que “en la especie no ha transcurrido el plazo de dos años desde la fecha en que la investigación hubiere sido formalizada –establecido en el artículo 247 del Código Procesal Penal– para que el fiscal proceda a cerrarla, ni sus prórrogas se han extendido más allá del lapso asignado por la ley”.
Al final, concluyó que no se infringieron los derechos a la libertad personal o seguridad individual del imputado.
Fuente: pjud.cl