La Corte Suprema ha condenado al conductor de un bus de pasajeros a pagar una indemnización total de $80.000.000 por daño moral a la cónyuge e hijos de un peatón atropellado en San Pedro de La Paz en marzo de 2015. En un fallo unánime, la Primera Sala del máximo tribunal confirmó la sentencia apelada y aumentó la compensación a $60.000.000 para la cónyuge de la víctima
El tribunal estableció que el conductor del bus, Heraldo Quiero Monsalves, atropelló al peatón, Ariel Rivera López, mientras cruzaba la calle por un paso de peatones regulado por señales luminosas. El conductor no estaba atento a las condiciones del tránsito y no respetó el derecho preferente de paso del peatón.
La Corte Suprema también señaló que el conductor fue objeto de un procedimiento penal y se le impuso una suspensión condicional, que requería el pago de una suma de dinero a favor de otra persona. La sala civil de la Corte rechazó los argumentos de la defensa del conductor, quien intentó desvirtuar la responsabilidad del conductor basándose en pruebas que no eran admisibles en el juicio civil.
La Corte Suprema determinó que la responsabilidad del conductor quedó claramente establecida y que el hecho de que el bus estuviera registrado a nombre de una empresa de transporte no implicaba que la empresa debiera responder solidariamente por los daños causados. La ley establece un régimen especial de responsabilidad para el propietario y tenedor de un vehículo en caso de ilícito civil cometido por el conductor, y en este caso, el conductor era el único responsable de las consecuencias de su conducta negligente.
Fuente: pjud.cl