En un fallo unánime emitido el 28 de agosto de 2023, la Séptima Sala del tribunal de alzada estableció la responsabilidad del banco por no cumplir con sus obligaciones contractuales, en un caso en el cual una clienta resultó afectada por giros fraudulentos.
La Corte de Apelaciones de Santiago revocó la sentencia previa del 26° Juzgado Civil, en la cual se rechazó la demanda presentada por una clienta contra Scotiabank Chile SA. El tribunal de alzada ordenó al banco indemnizar los perjuicios ocasionados por los giros fraudulentos realizados por terceros a través de las tarjetas de crédito de la demandante. Sin embargo, rechazó la compensación por daño moral.
La Séptima Sala, compuesta por los ministros Alejandro Rivera, Tomás Gray y el abogado Jorge Benítez, concluyó de manera unánime que la responsabilidad del banco es evidente debido a su incumplimiento contractual con la demandante. El fallo declara que la demandante ha sufrido perjuicios directamente relacionados con este incumplimiento por parte del banco.
El fallo detalla que los perjuicios consisten en giros fraudulentos realizados a través de las tarjetas de crédito de la demandante, totalizando la suma de $835.000, así como comisiones cobradas por el banco después de que los productos fueran bloqueados en septiembre de 2016, con una tasa mensual de $26.000.
En relación al reclamo por daño moral, la corte ha examinado las pruebas presentadas por la demandante, incluyendo un informe médico emitido por un psiquiatra y su declaración testimonial. Sin embargo, el tribunal ha determinado que estas pruebas no son suficientes para demostrar de manera convincente que los problemas de salud mental de la demandante estén directamente relacionados con el caso en cuestión.
Fuente: pjud.cl