Con la reforma introducida al artículo 30 del Código de Familia por el Código Procesal de Familia que entró a regir el pasado 1 de octubre, se elimina la posibilidad de celebración de matrimonios civiles mediante poder especialísimo. Así se leía antes el texto de dicho numeral: Artículo 30.- El matrimonio podrá celebrarse por medio […]
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