En sentencia (rol 137.709-2022), la Segunda Sala de la Corte Suprema, compuesta por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos, la abogada Pía Tavolari y el abogado Ricardo Abuaud, determinó un error al aceptar la prescripción de la demanda. Esto debido a que la demandante fue víctima de un crimen de lesa humanidad.
La Corte Suprema resolvió a favor de la demandante y condenó al Fisco a indemnizar con la suma de $60.000.000 (sesenta millones de pesos) a una mujer que sufrió torturas en la Academia de Guerra Naval, el Buque “Lebu” y la cárcel de Valparaíso entre octubre de 1973 y agosto de 1974.
El tribunal enfatizó en la trascendencia del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, subrayando que los Estados tienen una obligación inequívoca de garantizar la efectiva vigencia de estos derechos. En este contexto, la responsabilidad del Estado por violaciones a los derechos humanos se considera objetiva, sin requerir demostrar dolo o culpa por parte del agente.
La sentencia también hace hincapié en que el Estado está sujeto a la regla de la responsabilidad, como lo establece el Reglamento de La Haya de 1907 y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Esto implica que las víctimas tienen el derecho a buscar y obtener plena reparación, incluyendo indemnización, rehabilitación y garantías de no repetición.
La Corte subrayó que la obligación de reparación es ineludible para el Estado que viola los derechos humanos, y que esta obligación está arraigada en el estatuto jurídico de Chile. Esto se sustenta, entre otras normativas, en el artículo 3º de la Ley Nº 18.575, que establece la responsabilidad de la Administración del Estado por los daños causados en el ejercicio de sus funciones.
El fallo concluye en que el daño moral causado por la conducta ilícita de los funcionarios o agentes del Estado debe ser indemnizado, respaldando así la obligación de reparación a las víctimas y sus familiares según las normativas internacionales y nacionales sobre Derechos Humanos.
Fuente: pjud.cl