La Corte de Apelaciones de La Serena acogió el recurso de protección interpuesto por un hombre como consecuencia de las afirmaciones que hizo una usuaria en la red social Facebook donde le atribuyó la conducta de haberle enviado cartas obscenas a un menor de 17 años.
Conforme las pruebas del caso, el tribunal constató que la mujer hizo publicaciones que atentaron contra la vida privada y honra del recurrente, extralimitándose en su derecho a la crítica, pues los ministros recordaron que dicha acción no puede menoscabar los derechos de otros e imputarle hechos deshonrosos a una persona por medio de las redes sociales afecta gravemente debido al alcance que tienen las mismas.
Por último, la Sala Segunda de la Corte ordenó a la recurrida que eliminara el contenido publicado en Facebook y se abstuviera de seguir publicando afirmaciones que difamaran al actor.
Fuente: pjud.cl