La Sala del Senado inició el debate del proyecto de ley que busca modificar la Ley Zamudio sobre antidiscriminación. Lo anterior, se hace con la finalidad de fortalecer la política de antidiscriminación en el país y promover el principio de igualdad. Por lo tanto, el texto legal se enfoca en la acción de no discriminación que consagra esta ley, la cual se considera ineficaz por no contar con un organismo especializado.
Dentro de los contenidos del proyecto de ley que serán debatidos se resaltan:
- La ampliación del concepto de discriminación laboral señalando que esta consiste en: distinciones, exclusiones, restricciones o preferencias basadas en motivos tales como el racismo, la pertenencia étnica, la identidad cultural, la nacionalidad, la situación migratoria o condición de refugiado, repatriado, apátrida o desplazado interno, la situación socioeconómica, el idioma, la ideología u opinión política, la religión o creencia, la participación o afiliación o no a organizaciones gremiales o sindicales, el sexo, la orientación sexual o afectiva, el género, la identidad o expresión de género, las características sexuales, la maternidad, la lactancia materna, el amamantamiento, el estado civil, la edad, la filiación, la apariencia personal, el estado de salud físico o mental, la discapacidad, la seropositividad, el trabajo, profesión u oficio, o cualquier otra condición física y/o social, que tengan por objeto anular o alterar la igualdad de oportunidades o de trato en el empleo y la ocupación.
- El aumento de 50 UTM a 500 UTM de la multa que el tribunal podrá aplicar a las personas que cometan actos de discriminación.
- Adicionalmente, se faculta al juez que conoce de la causa para ordenar una o más medidas de reparación (reconocimiento de responsabilidad y disculpas, anulación de los actos de discriminación, creación de protocolos y reglamentos para la prevención, medidas pedagógicas, garantías de no repetición y rectificación).
- Redefinición del concepto de discriminación arbitraria señalando que esta consiste en: distinción, exclusión, preferencia o restricción carente de justificación razonable, efectuada por agentes del Estado o particulares o que tenga por objetivo o resultado la privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política de la República o en los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.
Fuente: senado.cl
Ley Zamudio (Ley 20609 de 2012): LTM5.975.279