La Corte de Apelaciones de Valparaíso ha respaldado un recurso de protección contra Planvital S.A., instruyendo la restitución de los fondos cotizados por un ciudadano colombiano. Este último optó por mantener su afiliación al sistema de seguridad de su país de origen.
El fallo unánime de la Tercera Sala, compuesta por los ministros Rafael Corvalán y Germán Núñez, junto con el abogado interino Eduardo Morales, denuncia el comportamiento arbitrario e ilegal de la administradora de fondos previsionales al negar la devolución solicitada. El recurrente cumple con todos los requisitos para acceder a su retiro.
El documento revela que el demandante está afiliado al sistema previsional colombiano desde febrero de 2013. Además, su declaración de voluntad de mantener la afiliación en el extranjero se encuentra registrada en el contrato de trabajo. Esto fue establecido en una cláusula del anexo fechada el 3 de mayo de 2023.
El tribunal sostiene que el trabajador, CARLOS ALEXANDER VARGAS CARVAJAL, posee el título de Técnico en Elaboración de Guiones Audiovisuales, otorgado por SENA, reconocido por el Ministerio de Relaciones Exteriores Chileno. Además, manifiesta su intención de mantener el sistema previsional de su país de origen de manera permanente e indefinida.
La resolución subraya que la exigencia de un certificado de afiliación previsional específica sobre las coberturas de riesgos es innecesaria, ya que la cobertura de enfermedad, vejez, invalidez y muerte es inherente a los sistemas de previsión social. Por lo tanto, la simple demostración de afiliación en el país indicado es suficiente para cumplir con el requisito legal.
El tribunal concluye que la devolución solicitada es procedente, ya que se trata de un ciudadano colombiano, técnico extranjero, afiliado a un sistema de previsión social en su país de origen, quien ha expresado su deseo de mantener dicha afiliación.
Fuente: pjud.cl