La Corte Suprema confirmó de manera unánime el fallo que condenó a la multitienda Ripley Store Limitada por prácticas discriminatorias. El tribunal declaró inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia presentado contra la sentencia que determinó que la empresa había incurrido en conductas perjudiciales para el derecho a la no discriminación. Ripley Store Limitada ofreció incentivos únicamente a ciertos trabajadores, presionándolos para que firmaran un pacto de suspensión temporal de contratos.
La Cuarta Sala del máximo tribunal, integrada por las ministras Andrea Muñoz, María Cristina Gajardo, el ministro Mario Gómez y los abogados Gonzalo Ruz y Eduardo Morales, ratificó la sentencia impugnada dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago. Además, impuso una multa de 100 UTM a la empresa y ordenó que se pagara el «bono marzo» como medida reparatoria a todos los trabajadores, sin importar si habían suscrito el pacto o no.
El fallo subraya que el recurso de unificación de jurisprudencia puede presentarse contra una resolución que resuelve la nulidad, siempre que existan distintas interpretaciones sobre la materia de derecho en cuestión respaldadas por fallos firmes de tribunales superiores. Sin embargo, en este caso, el tribunal consideró que el tema propuesto para unificar no era factible de contrastar con otros dictámenes, ya que se refería a la evaluación de la prueba en un caso específico para determinar la violación de derechos fundamentales. Esta cuestión tiene un carácter valorativo y casuístico, y no permite una comparación estrictamente jurídica con otras sentencias.
Fuente: pjud.cl