La Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió el recurso de protección presentado por la abogada coordinadora del Programa de Representación Jurídica Especializada de Niños, Niñas y Adolescentes ‘Mi Abogado’ de la Región de Antofagasta en representación de un adolescente cuya madre no autorizó la transfusión de sangre que el menor requiere con urgencia para la realización de un procedimiento y tratamiento médico.
Las razones de la madre se basan en la libertad de culto pues su religión no le permite dicha actividad. Sin embargo, la Corte consideró que (…) ninguna decisión amparada en la religión, ideología o dogma puede considerarse legítima si se contrapone con el derecho a la vida más cuando se trata de la de un niño, niña o adolescente.
Adicionalmente, se comprobó que la vida del adolescente corre peligro en caso de no realizar la transfusión de sangre, razón por la cual el derecho a la libertad de conciencia y de profesar un culto no puede ser un obstáculo para que el organismo de salud proteja de manera efectiva el derecho a la vida e integridad física del menor.
En consecuencia, los ministros acogieron el recurso de protección en contra de la madre del menor y le ordenaron al Hospital Dr. Carlos Cisternas de Calama la transfusión de sangre y demás procedimientos y tratamientos necesarios que permitan conservar la vida e integridad física y psíquica del amparado.
Fuente: pjud.cl