La Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió el recurso de nulidad presentado por el Servicio de Salud de Antofagasta en contra de la sentencia que acogió la demanda de tutela de derechos fundamentales a favor de una funcionaria que había sido despedida.
La funcionaria consideró que la no renovación de su contrato fue ilegal y solicitó la protección de sus derechos fundamentales vulnerados con ocasión del despido, así como el cobro de prestaciones laborales e indemnización de perjuicios por daño moral.
El Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta acogió la tutela y consideró que el empleador lesionó el derecho fundamental de igualdad y no discriminación de la trabajadora al ser separada de su cargo “mediante un acto discriminatorio fundado en su opinión política” y condenó al demandado al pago de una indemnización conforme lo establecido en el artículo 489 del Código del Trabajo.
Sin embargo, el tribunal de alzada anuló la resolución impugnada por el demandado y, en sentencia de reemplazo, rechazó la demanda principal de tutela por vulneración de derechos fundamentales pues consideró que la entidad estaba en la facultad de no prorrogar el contrato de la funcionaria y que “la demandante sabía que su contrato expiraba el 28 de febrero de 2021 y aun así en su demanda no aludió y en el juicio no probó con antecedente alguno de dónde derivaba su real expectativa de que se le volviera a contratar a partir de marzo y hasta el 31 de diciembre de ese año, qué funciones desempeñaría, sus ingresos, horarios, etc.”
En consecuencia, la Corte de Apelaciones confirmó que “el contrato terminó por vencimiento del plazo” y por esa razón no había lugar a acoger la demanda principal, razón por la cual decidió rechazarla en su totalidad.
Fuente: pjud.cl