La Corte de Apelaciones de San Miguel emitió fallo en el que rechazó los recursos de nulidad presentados en contra de la sentencia que condenó a la Fundación Educacional Colegio Villa del Sol al pago de prestaciones a docentes despedidos injustamente.
En particular, el tribunal hizo alusión al deber de motivación para señalar:
“Que, corresponde al recurrente el exponer en su recurso, de manera clara y específica, de qué manera se ha incurrido por el juzgador en la falta de un razonamiento intelectual coherentemente estructurado”
En el caso se determinó:
“Así, tal deber del recurrente no se satisface, bajo ningún aspecto, primero, en el propio recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia, ni tampoco lo fue en su exposición ante esta Corte, por cuanto, en uno u otro caso, sólo se señalaron argumentos meramente formales, supuestamente indicativos de una posible vulneración del sistema de valoración de la sana critica. Mas, en ningún caso existió una profundización de tales alegaciones de manera de poder ilustrar y, principalmente, persuadir a esta Corte de nulidad sobre la falta de una argumentación o de un razonamiento coherentemente estructurado, en los términos indicados por el legislador y que sirven de pábulo para poder asilarse en la causal de nulidad sostenida por el recurrente”
Fuente: pjud.cl