El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción emitió fallo unánime en el que condenó a un hombre a 6 años de prisión por la comisión del delito de homicidio simple en la comuna de Penco. En el caso, el autor del delito propició dos puñaladas mortales a la víctima en la zona torácica posterior, causándo la muerte por taponamiento cardíaco.
En el falló se indicó:
“DÉCIMO CUARTO: Que de esta forma, los hechos que se han tenido por acreditados y enunciados con antelación, configuran el delito consumado de homicidio simple, descrito y sancionado en el artículo 391 N° 2 del Código Penal, y en éste le ha correspondido al acusado Elías Alfredo Sanzana Gatica una participación en calidad de autor directo, por haber intervenido en su ejecución de manera inmediata y directa, de conformidad a lo dispuesto el N° 1° del artículo 15 del Código Penal, actuar que se desplegó con dolo directo al apuñalar directamente a la víctima en la zona torácica causándole la muerte.
DÉCIMO QUINTO: Que, en lo relativo a las circunstancias modificatorias de responsabilidad penal solicitadas por la defensa, en primer término no se dará lugar a la atenuante establecida en el numeral 1 del artículo 11 del Código Penal, esto es, la denominada -doctrinariamente- como eximente incompleta (artículo 11 N° 1 en relación al 10 N°4 del Código Penal), como se señaló precedentemente en relación con la causal de justificación solicitada, la prueba rendida para acreditarla no permite a los sentenciadores estimar, más allá de toda duda razonable, que efectivamente ha existido una agresión ilegítima en contra del autor de homicidio y al faltar el elemento base de la agresión ilegítima, su inconcurrencia acarrea la imposibilidad de alegar legítima defensa sea completa o incompleta.”
El tribunal agregó medidas accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos. Asimismo, decidió inhabilitar al condenado de manera absoluta para profesiones titulares durante la condena.
Fuente: pjud.cl