Skip to main content
ACTUALIDAD JURÍDICA

Ministerios entregan Informe de Evaluación sobre implementación de la ley para inclusión de personas con discapacidad al mundo laboral

By 25 junio, 2021No Comments

El Ministerio del Trabajo y Previsión Social, en conjunto con el Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Desarrollo Social y Familia publicaron el Informe de Evaluación sobre implementación y aplicación de la Ley No. 21.015, que incentiva la inclusión de personas con discapacidad al mundo laboral. El informe se publicó dando cumplimiento al mandato establecido en el artículo 4 transitorio de la mencionada ley, el cual versa de la siguiente manera:

“Artículo cuarto.-Durante el tercer año contado desde la entrada en vigencia de la presente ley, los Ministerios del Trabajo y Previsión Social, de Desarrollo Social y de Hacienda deberán evaluar conjuntamente la implementación y aplicación de la reserva legal de contratación de personas con discapacidad y asignatarias de una pensión de invalidez de cualquier régimen previsional, en el sector público y privado, establecidas en los artículos 1 y 3 de esta ley, respectivamente. Este informe deberá considerar el impacto de la reserva legal vigente y formular una propuesta sobre la mantención o aumento de ella, en caso que los antecedentes así lo justifiquen. (…)”

Dentro de las conclusiones del informe se resaltan:

“1. Todo proceso de evaluación requiere de información que permita observar la foto del momento y en base a ella decidir cómo se seguirá la ruta para conseguir los objetivos. En este aspecto, la baja tasa de respuesta de las instituciones públicas a los reportes sobre el cumplimiento y entrega de excusas que la ley Nº 21.015 solicita, y la dificultad administrativa de la Dirección del Trabajo obstaculizan la evaluación del cumplimiento de la cuota del 1% en cada empresa, la posibilidad de observar el panorama y monitorear o acompañar efectivamente a las instituciones cuando se identifique un nivel bajo de logro.

2. En relación con lo anterior, otro aspecto a considerar es la falta de claridad respecto a la fiscalización de esta ley en las instituciones públicas, especialmente sobre qué institución es la responsable de vigilar, solicitar información y ejecutar acciones correctivas. Todo esto dificulta al momento de plantear las acciones de refuerzo y apoyo para la implementación de la ley  y,  sobre todo, para proponer  y diseñar ajustes de mejora.

En ese sentido, se hace necesario confirmar y robustecer el rol de la Contraloría General de la República  en  materia de fiscalización de la ley Nº 21.015, reforzando sus atribuciones para efectos de que pueda hacer exigible el cumplimiento de las obligaciones que impone dicha ley y el Decreto Nº 65 del 20 de noviembre de 2017, siempre en el marco de sus competencias.

(…)

5. La propuesta  de mantener la reserva legal del 1%  para personas con discapacidad también encuentra sustento en el hecho de que además existen otras personas dentro de aquellos grupos más vulnerables en el mundo del trabajo, como lo son las mujeres, adultos mayores, migrantes, etc. A partir de ello, es importante tener presente que el hecho  de aumentar por ley el porcentaje de contratación de personas con discapacidad podría disminuir o mitigar los esfuerzos que están haciendo aquellos que contratan los servicios para fomentar la  inclusión  de personas  pertenecientes a  dichos  grupos prioritarios.  En otras palabras, al aumentar el porcentaje de contratación  obligatorio  para las personas con discapacidad, eventualmente se podría generar un efecto adverso en los esfuerzos de inclusión de los otros grupos de personas vulnerables en el mundo del trabajo, focalizándose la atención y los recursos sólo en la contratación de personas con discapacidad.

(…)

8. Se puede afirmar  que la ley Nº  21.015 ha tenido impactos positivos y ha generado cambios, algunos son claramente  observables  como un leve aumento de personas con discapacidad contratadas, mayor visibilización de personas con discapacidad que ya estaban contratadas y un mayor posicionamiento de la temática en la sociedad,  efectos  que están relacionados a externalidades positivas más que a las obligaciones especificadas en la ley.

No obstante, no se debe perder de vista que la ley Nº 21.015 surge en razón de la baja participación de las personas con discapacidad en el mundo laboral y lo que busca es, precisamente, la implementación de medidas que permitan una efectiva inclusión laboral, que se realicen los mayores esfuerzos por eliminar las barreras, comprendiendo que es una labor conjunta y que no se trata de caridad ni simplemente de un cumplimiento legislativo. Sin embargo, esto debe realizarse conscientemente, con parámetros de derechos humanos, entendiendo que las personas con discapacidad tienen iguales derechos que las personas que no tienen discapacidad y que las oportunidades deben ser abiertas para todos.

Lo anterior, dice relación con un cambio cultural en la sociedad chilena respecto a la inclusión laboral de las personas con discapacidad que, a tres años de implementación de la ley Nº 21.015, aún no es posible visualizar, pero que es esperable a mediano y largo plazo.”

Fuente: mintrab.gob.cl

Ley No. 21.015: LTM9.548.448